¿Quién puede reclamar la devolución del impuesto?
- Quien haya vendido un inmueble o terreno sin obtener ningún beneficio en la venta.
- Quien haya recibido un inmueble o terreno en herencia.
¿Qué plazos hay para reclamar la devolución?
- Si pagó voluntariamente el impuesto de plusvalía, tiene hasta 4 años para reclamar (autoliquidación)
- En el caso de que el Ayuntamiento le enviase la liquidación para pagarla obligatoriamente (liquidación), es plazo es únicamente de un 1 mes.
¿Por qué Reclama Abogados?
- Porque le asesoraremos de forma totalmente gratuita en cualquier de nuestros.
- Porque conseguiremos la devolución del impuesto que pagó de forma injusta, más los intereses legales acumulados por cada uno de los años transcurridos desde que liquidó la plusvalía.
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