¿Qué es una cláusula suelo?
No hay caducidad para reclamar las cláusulas suelo
Cuando pides un préstamo hipotecario existen dos tipos de opciones, tener un interés fijo o variable, si el tipo de interés es fijo siempre se paga lo mismo, pero si es de tipo variables, va referenciado a Euribor más un porcentaje concreto, por ejemplo Euribor+3%.
La cláusula suelo es una cláusula que un banco puede añadir en una hipoteca con interés variable, aquí se determina el tipo de interés mínimo que pagará el consumidor, aunque el Euribor esté más bajo, es decir, si tengo un mínimo de un 3% y el Euribor+el % está en un 2%, el prestatario pagará un 3% ya que es el mínimo que se estipula en la hipoteca. Aparte del mínimo, también está establecido el máximo de la hipoteca, lo que se llama “techo y suelo” por ejemplo un 10%.
Dicha cláusula, ha sido declarada abusiva debido a la falta de transparencia al añadirla en la escritura de préstamo hipotecario.
Hay que determinar si se estableció la cláusula suelo que no fué informada o consultada, o no se ha recibido la información suficiente o ha quedado suficientemente claro o se obvió y no se informó ni siquiera al usuario.
La ley establece abusivas las cláusulas suelo desde el año 2013, aún asi algunas entidades las siguieron añadiendo en sus contratos y en el año 2019 fueron prohibidas de forma definitiva.
¿Se puede reclamar?
Hay mucha gente que no sabe que tiene cláusula suelo, y por tanto tampoco sabe que se puede reclamar.Si se puede reclamar, la jurisprudencia actual permite que los usuarios que tengan estas cláusulas puedan reclamar las cantidades.El Tribunal Supremo, ha establecido que no existe plazo concreto para poder reclamar dichas cláusulas abusivas.
Real Decreto ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de clausulas suelo.
Artículo 1. Objeto.
El presente real decreto-ley tiene como objeto el establecimiento de medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Las medidas previstas en este real decreto-ley se aplicarán a los contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria que incluyan una cláusula suelo cuyo prestatario sea un consumidor.
- Se entenderá por consumidor cualquier persona física que reúna los requisitos previstos en el artículo 3 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
- Se entenderá por cláusula suelo cualquier estipulación incluida en un contrato de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria a tipo variable, o para el tramo variable de otro tipo de préstamo, que limite a la baja la variabilidad del tipo de interés del contrato.
¿Cómo saber si tengo cláusula suelo en mi hipoteca?
Es muy frecuente que las personas que tienen una hipoteca en una entidad bancaria, no saben si tienen dicha cláusula, es por ello que mucha gente ni sabe que la tiene, ni sabe dónde tiene que revisarlo, es por ello que hay varias opciones:
- Lo primero es revisar la escritura de préstamo hipotecario, donde se habla del tipo de interés, como “limitaciones al interés” o “suelo” o “mínimo y máximo”.Hay que revisar la cláusula tercera o tercera bis de la hipoteca.
- Si en temporadas en las que el Euribor está bajo y sigues pagando lo mismo o por encima del euribor + % seguramente es que exista una cláusula suelo.
¿Cómo se puede reclamar?
- Siempre intentamos primero lograr un acuerdo extrajudicial ante la entidad para que devuelva lo pagado de más.Pero si no se puede lograr este acuerdo, porque a veces la entidad no contesta o lo hace de forma negativa, pues entonces recurrimos a la vía judicial.Ojo, que puede ser que el banco haga una oferta económica que sea inferior a lo que realmente debe percibir el cliente.
- Via judicial, entonces mediante esta via se presenta una demanda con toda la documentación disponible, ante un juez, pero claro será más largo en el tiempo que si conseguimos un pacto amistoso, y el proceso será más costoso, pues habrá un abogado, un procurador.Tenemos que decir que las probabilidades de ganar son elevadas debido a la normativa actual favorable a los consumidores.
¿Qué plazo tengo para reclamar la clausula suelo?
No hay fecha de caducidad o prescripción, es decir, no hay plazo concreto para reclamar, da igual de que año sea la hipoteca y tampoco importa si está cancelada, que también se puede reclamar.
No importa en que año se firmó la hipoteca que se puede reclamar desde que se comenzó a aplicar en la hipoteca, ya que el Tribunal Supremo y el TJUE, las declararon nulas, se pueden reclamar siempre que se estipulen en tu hipoteca.
¿Qué se reclama?
- Eliminar la cláusula abusiva del préstamo
- Devolución de las cantidades que se han pagado de más.
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